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Economía

Suprema Corte ratifica a América Móvil como agente económico preponderante en telecomunicaciones

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La Suprema Corte de Justicia (SCJN) de la Nación ratificó a América Móvil, empresa de Carlos Slim, como agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que determinó como agente económico preponderante al Grupo de Interés Económico América Móvil, conformado por la sociedad Radiomóvil Dipsa y otras.

La Segunda Sala explicó en un comunicado que la reforma en materia de telecomunicaciones de 2013 modificó el artículo 28 constitucional para otorgar al IFT las facultades de un órgano regulador, por lo que si califica a un grupo económico como agente preponderante tienen como fin establecer condiciones de competencia y libre concurrencia en el sector y mejorar la calidad y precio en los servicios.

Por lo anterior, la Sala concluyó que es constitucional tanto la decisión del IFT –que considera a América Móvil Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones– como las medidas que se le impusieron como tal, porque limitan de forma válida sus derechos en beneficio de los ciudadanos para reducir las asimetrías en la cobertura de las redes respecto de los distintos operadores móviles.

El 8 de diciembre, el IFT emitió las nuevas medidas asimétricas para América Móvil, las cuales contemplan facilitar el desbloqueo de equipos móviles para los usuarios, evitar cargo no deseados a los consumidores, prohibir la diferenciación de tarifas o el llamado efecto club y mejorar las ofertas de referencia.

Sin embargo, la empresa controlada por Carlos Slim dijo analizaría la resolución del IFT por sus posibles efectos para la empresa y sus subsidiarias (Telmex- Telnor), por lo que impugnaría en su momento conforme a las leyes aplicables.

El Financiero consultó a América Móvil sobre su postura respecto a la resolución de la SCJN y dijo que están al tanto de la decisión de la Corte, pero por el momento no tienen comentarios adicionales.

Con información de El Financiero
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